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Aprobada la declaración informativa sobre bienes en el extranjero (mod.720)

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La Orden Foral 80/2013 de 1 de marzo (BON nº62) establece la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero, mediante la presentación del modelo 720.

Dicha presentación debe realizarse obligatoriamente por vía telemática.

En consecuencia estarán obligadas a su presentación, las personas físicas ó entidades que tengan su domicilio fiscal en Navarra, y que sean titulares, represen- tantes, autorizadas ó beneficiarias de:

  1. a) Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.

  2. b) Valores ó derechos representativos de participaciones en cualquier tipo de entidad jurídica, situados en el extranjero.

  3. c) Acciones y participaciones en el capital social ó fondo patrimonial de instituciones de inversión colectiva situadas en el extranjero.

  4. d) Tomadores a 31 de Diciembre de seguros de vida ó invalidez ó beneficiarios de rentas temporales ó vitalicias, cuando la entidad aseguradora se encuentre situada en el extranjero.

  5. e) Inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.

No existirá la obligación de informar cuando los valores referidos anteriormente no superen, conjuntamente para cada tipo de bien, los 50.000 euros.

Destacar el establecimiento de un régimen de sanciones muy severo, fijándose una multa de 5.000 euros por dato omitido, inexacto ó falso, con un mínimo de 10.000 euros.

Adjuntamos documento explicativo de esta normativa, que regula la presentación del mod.720 cuyo plazo de presentación finaliza el próximo día 30 de Junio de 2013.

Documentos adjuntos

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